Pais: México
Fecha: 03 de Abril del 2020
Los derechos del obtentor por SNICS, México
El Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas contribuye a fortalecer las bases y procedimientos para la protección de los derechos de los obtentores de variedades vegetales. Los derechos de un obtentor se conceden mediante un título de obtentor, emitido por la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural a través del SNICS. Estos derechos reconocen al titular como obtentor de una variedad vegetal, son intransferibles e imprescriptibles; permiten aprovechar y explotar la variedad y su material de propagación en forma exclusiva y de manera temporal, por sí o por terceros con su consentimiento. De esta manera, la variedad podrá ser utilizada en la producción, reproducción, distribución o venta; así como, en la producción de otras variedades vegetales e híbridos con fines comerciales. La Ley Federal de Variedades Vegetales establece que los derechos de obtentor tendrán una duración de dieciocho años, para especies perennes (forestales, frutícolas, vides, ornamentales) y sus portainjertos; y de quince años para las demás especies. Estos plazos se contarán a partir de la fecha de expedición del título de obtentor. Al concluir el periodo, tanto la variedad vegetal como su aprovechamiento y explotación, pasarán al dominio público. Ver nota
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